28 agosto, 2026

Tolerancia cero y control migratorio: las claves del decreto de Milei para expulsar a extranjeros que inciten al odio contra la Argentina

El Ejecutivo modificó la Ley de Migraciones mediante el DNU 681/2026 para inmitir o revocar la residencia a ciudadanos extranjeros que promuevan la violencia o ultraguen los símbolos patrios. La norma preserva el disenso político e ideológico y requiere el aval de la Comisión Bicameral.

El Gobierno de la Nación oficializó el Decreto de Necesidad y Urgencia 681/2026, mediante el cual modifica la Ley de Migraciones N° 25.871 para endurecer los criterios de inadmisión y permanencia en el territorio nacional. La normativa autoriza a las autoridades migratorias a rechazar el ingreso o cancelar la residencia previamente concedida a aquellos ciudadanos extranjeros que promuevan mensajes de odio, inciten a la violencia contra la población argentina o incurran en actos de ultraje a los símbolos patrios. Según los fundamentos oficiales, la medida busca resguardar la soberanía nacional y preservar las condiciones de convivencia armónica frente a lo que el Ejecutivo define como un incremento de conductas de hostilidad internacional.

El esquema procedimental faculta al Estado a revocar el estatus de residencia y evaluar, en función de los antecedentes y condiciones personales de cada caso, si corresponde intimar al individuo a abandonar el país en un plazo determinado o disponer su expulsión directa. Para evitar controversias sobre posibles arbitrariedades, el texto de la norma excluye de forma explícita cualquier sanción sobre las expresiones de disenso ideológico, la crítica política o el debate académico, reconociéndolas como manifestaciones legítimas del derecho a la libertad de expresión. De operatividad inmediata en las fronteras tras su publicación en el Boletín Oficial, el DNU será remitido a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso de la Nación para evaluar su validez constitucional dentro del término de diez días hábiles.